Verifactu: qué cambia para tu empresa y desde cuándo
En 2027 tu programa de facturación tendrá que cumplir Verifactu. Qué exige, a quién afecta, desde cuándo y qué conviene hacer ya para llegar con calma.
Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento que obliga a que los programas de facturación garanticen que una factura, una vez emitida, no se puede borrar ni cambiar sin dejar rastro. Viene de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, lo desarrolla el Real Decreto 1007/2023 y sus detalles técnicos están en la Orden HAC/1177/2024.
Desde cuándo es obligatorio
Las fechas se han aplazado dos veces. Las que están en vigor salen del Real Decreto-ley 15/2025, que el Congreso convalidó en diciembre de 2025: el 1 de enero de 2027 para las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos y profesionales incluidos.
Parece lejos, pero cambiar de programa de facturación no se hace de un día para otro: hay que pasar los clientes, los artículos y las series, y conviene que el primer mes con el sistema nuevo no coincida con el cierre de un trimestre.
Qué cambia en cada factura
Con cada factura que emites, el programa tiene que generar un registro con sus datos principales y una huella que lo encadena con el de la factura anterior. Si alguien borra o modifica una factura ya emitida, la cadena se rompe y se nota. Por eso una factura ya no se retoca: se anula o se corrige con una rectificativa, que también queda en la cadena.
Además, todas las facturas llevan un código QR tributario, y las que se emiten en la modalidad VERI*FACTU añaden la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».
Las dos formas de cumplir
El reglamento permite dos modalidades. En la llamada VERI*FACTU, el programa envía a la Agencia Tributaria el registro de cada factura en el mismo momento de emitirla. En la otra, el programa guarda los registros firmados electrónicamente, junto con un registro de eventos, y se los entrega a Hacienda cuando los pide.
Para la mayoría de las pymes, VERI*FACTU es la más sencilla: cada factura está en la Agencia Tributaria desde el primer momento y no hay que custodiar nada aparte.
A quién afecta y a quién no
Afecta a las empresas, autónomos y profesionales establecidos en España que facturan con un programa informático, también en Canarias, Ceuta y Melilla. Quedan fuera quienes facturan solo a mano, sin ningún programa; quienes ya llevan el Suministro Inmediato de Información (SII), por obligación o porque se apuntaron; quienes tienen el domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, que tienen su propio sistema; y quienes tengan una resolución que los exima.
Qué pasa si no se cumple
La multa por usar un programa que no cumple puede llegar a 50.000 euros por cada ejercicio. Y quien fabrica o vende un programa que no cumple se expone a 150.000 euros por cada ejercicio y tipo de programa.
Qué conviene hacer ya
Pregunta a quien te da el programa de facturación si ya cumple Verifactu y en qué modalidad trabaja. Si la respuesta no es clara, es el momento de cambiar, con tiempo para pasar los datos y probar antes de que la fecha sea obligatoria. Y revisa tu certificado electrónico: con él, el programa puede enviar los registros a la Agencia Tributaria en tu nombre.
Cómo lo resuelve SatControl Factur
SatControl Factur emite los siete tipos de factura de VeriFactu (F1, F2, F3 y las rectificativas R1 a R5), validados contra el esquema oficial de la Agencia Tributaria, y permite anular y rectificar facturas. Cada empresa instala su propio certificado desde una pantalla, y la aplicación avisa antes de que caduque.
El envío a la Agencia Tributaria nunca te bloquea una factura: si la Agencia no responde, la factura se emite igual y el envío se reintenta. Y si hoy facturas con Factusol, te traes tu histórico, con sus ejercicios completos, sin volver a teclear nada.